1.- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La modificación del Reglamento busca adecuar y mejorar el régimen jurídico del funcionamiento del Centro de Atención de Animales Domésticos de El Maresme de acuerdo con las necesidades actuales del servicio y la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo , de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
2.- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
El Consejo Comarcal de El Maresme cuenta actualmente con un Reglamento para el Servicio Público Comarcal de Acogida de Animales Domésticos de Compañía, que fue aprobado por el Pleno reunido en sesión ordinaria de 20 de septiembre de 2005 (BOPB número 19 de 23.01.2006), y modificado por el Pleno reunido en sesión ordinaria de fecha 25 de abril de 2023 (BOPB 23.06.2023).
Es necesario contar con un servicio como éste para apoyar a los Ayuntamientos de la Comarca con la recogida y acogida de los animales de compañía abandonados, perdidos o asilvestrados, poniendo a disposición de las entidades locales que decidan realizar la delegación de competencias de un servicio que cuenta con un espacio en el que se encargan de los animales hasta que sean recuperados, cedidos o sacrificados.
Ahora bien, con la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y bienestar de los animales, y teniendo en cuenta que han surgido nuevas necesidades por los Ayuntamientos perceptores de este Servicio, es necesario y oportuno revisar el citado Reglamento e introducir cambios con el objetivo de proporcionar un servicio más completo, en concordancia con la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y bienestar de los animales.
3.- Los objetivos de la norma.
La norma tiene los siguientes objetivos:
Prestar los servicios que resulten de las competencias delegadas por los Ayuntamientos del Maresme en materia de protección de los animales y la financiación correspondiente, que se concretan en las siguientes.
Recoger a los animales de compañía abandonados, perdidos o asilvestrados.
Acoger en centros de recogida de animales a los abandonados o perdidos.
Hacerse cargo de los animales abandonados o perdidos acogidos hasta que sean recuperados, cedidos o sacrificados.
Velar por la protección de los animales y garantizar que dispongan de las condiciones higiénico-sanitarias y del bienestar adecuadas y necesarias: alimentación, agua, alojamiento, así como la ventilación, la humedad, la temperatura, la luz y el cobijo adecuados, para evitar que sufran ningún sufrimiento, para satisfacer sus necesidades vitales y garantizar su bienestar físico y psíquico, garantizando un trato en positivo, evitando estrés y frustración de los animales que llegan al CAAD.
Promover actuaciones encaminadas a alcanzar el máximo nivel de protección de los animales, favoreciendo una mayor responsabilidad y una conducta más cívica de la ciudadanía en la defensa, la preservación y la tenencia de los animales domésticos de compañía.
Fomentar la cooperación y participación del voluntariado y de las asociaciones/entidades que defienden los derechos de los animales, así como la promoción de la participación ciudadana y política.
Reducir el número de entradas de animales en el CAAD, a través de la generalización y actualización permanente de registros informatizados de animales, la identificación de los animales con microchip y mejorar la efectividad en los procesos de localización y el retorno de animales perdidos a sus propietarios. Se velará por localizar al propietario antes de activar el servicio de recogida.
Incrementar las salidas de animales del CAAD, promoviendo campañas que fomenten las adopciones y acogidas temporales, de forma responsable y exitosa. Los perros y gatos necesitan una segunda oportunidad, un hogar donde olvidar los momentos difíciles y traumáticos del abandono
4.- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No lo hay.
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